RESOLUCION N° 063 de 2016

FEDERACIÓN COLOMBIANA DE BALONMANO RESOLUCIÓN No. 063 de 2016
“POR LA CUAL SE EXPIDE EL CALENDARIO DE LA FEDERACION
COLOMBIANA DE BALONMANO EN LA MODALIDAD DE BALONMANO PISO

Y BALONMANO PLAYA PARA EL AÑO 2017”


El Comité Ejecutivo y el Presidente de la Federación Colombiana de Balonmano, en uso de sus facultades, legales y estatutarias y

C O N S I D E R A N D O


      Que la Federación Colombiana de Balonmano fomenta y desarrolla  las modalidades de Balonmano Piso , Balonmano Playa   y el Balonmano adaptado (modalidad en desarrollo) modalidades que han sido vinculadas a los diferentes programas creados por la IHF (Federación Internacional de Balonmano).
      Que se presentó a  COLDEPORTES NACIONAL el PROYECTO DEPORTIVO DE LA FEDERACION COLOMBIANA DE BALONMANO PARA EL AÑO 2017
      Que el 22 de octubre del presente año se envió a los Presidentes de las distintas ligas de balonmano la solicitud de la postulación para la creación del presente calendario, el cual fue creado con las respuestas emitidas por los mismos.
      Que en reunión de la comisión técnica, se realizó ajustes pertinentes al cronograma propuesto y a las solicitudes enviadas por las Ligas a la federación.
      Que es deber de la Federación el cumplimiento de los acuerdos llegados en la asamblea extraordinaria del año 2016.  

R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO: Expedir y publicar el CALENDARIO DEPORTIVO 2017 

MODALIDAD DE PISO O SALA




LUGAR
CATEGORÍA
FECHA
BOGOTÁ
MINI
17-20 MARZO
BOGOTÁ
PRE MINI
17-20 MARZO
TUNJA
CADETES
4 - 8  MAYO
QUINDIO
INFANTILES
16-19 JUNIO
PALMIRA
JUVENILES
30 JUNIO – 3 JULIO
CUNDINAMARCA
JUNIOR Y MAYORES
04-07 AGOSTO
RISARALDA
MINI
18-21 AGOSTO
RISARALDA
PRE MINI
18-21 AGOSTO
VALLE
ABIERTO,
NACIONAL CLUBES
07-10 DICIEMBRE



MODALIDAD DE BALONMANO PLAYA




ARTICULO SEGUNDO: Recordar que de acuerdo a la resolución Nº 7 del 2014 se determinó que el primer Torneo Interligas de Balonmano Playa de cada año se realizara en memoria de HÉCTOR EUGENIO  VÉLEZ URIBE, Dirigente deportivo que contribuyo al desarrollo del Balonmano en el País desde su posición como Gerente del Comité Olímpico Colombiano. Por lo anterior el Torneo llevara el nombre de: IV Torneo Nacional de Balonmano Playa “Héctor Vélez Uribe”

ARTICULO TERCERO: Solicitar y avalar las siguientes competencias internacionales y dejar abierta la posibilidad de incluir y participar en otras en la medida que el presupuesto y las directrices de Coldeportes o el Comité Olímpico así lo indiquen o de la obtención de resultados deportivos favorables para el país, colocándolas provisionalmente en el CALENDARIO DEPORTIVO 2017, hasta la confirmación del estamento responsable o de la entidad pertinente.

EVENTO
MODALIDAD
CATEGORIA
PAÍS
FECHA
IHF TROPHY
PISO-SALA
JUNIOR
COLOMBIA
ABRIL
PANAMERICANO
MASCULINO
PISO-SALA
JUNIOR
PARAGUAY
MARZO
PANAMERICANO
FEMENINO
PISO-SALA
ADULTOS
CANADÁ
15-26 JUNIO
SURAMERICANO
MASCULINO Y 
FEMENINO
PISO-SALA
MENORES
COLOMBIA
AGOSTO
COPA CARIBE
PISO-SALA
MAYORES
POR
DEFINIR
OCTUBRE
PANAMERICANO
BEACH - HANDBALL

PLAYA
2000 – 2001 Y
2002
ASUNCION
PARAGUAY
FEBRERO 20
AL 26
         
ARTÍCULO CUARTO: Solicitar y Avalar las siguientes Competencias internacionales en la modalidad de Piso o sala , con sede en Colombia :
EVENTO
CATEGORIA
LUGAR - FECHA
SURAMERICANO
MENORES
PALMIRA - AGOSTO



CLASIFICATORIO
CENTROAMERICANOS
COPA CARIBE
MAYORES
COLOMBIA - OCTUBRE 
IHF TROPHY
SUB 21
BOYACA – ABRIL 24 –
30 

ARTICULO QUINTO: Solicitar a La Liga Sede de un evento nacional, que en caso de no poder cumplir con la realización del mismo deberá informar por escrito a la Federación en papel membretado y firmado por el Representante Legal, en un máximo de 15 días hábiles a partir de la fecha de la publicación de la presente (19 de Enero) , con el fin de poder avisar a tiempo a otras ligas interesadas, en caso de no cumplir con el evento o con los términos establecidos para su cancelación no se adjudicarán eventos Nacionales durante el siguiente año al suceso y deberá Cancelar en el presente año a la Federación Colombiana de Balonmano DOS Salarios mínimos mensuales vigentes.

ARTICULO SEXTO: Para que un deportista pueda participar en eventos Nacionales o internacionales deberá encontrarse inscrito en el Registro único Federado Nacional (RUFEBAL)  a través de la Liga a la que se encuentre adscrito, De acuerdo a la última asamblea “La ficha denominada como Registro Único Federado (RUFEBAL) se pagará una sola vez al año, se aplicará a partir del 1 de enero de 2017, con fecha máxima de pago al 28 de febrero de 2017  así:  Afiliación para todos(as) los federados(as) integrantes de las diferentes ligas (entrenadores , árbitros , deportistas ): $10.000 (diez mil pesos). 

PARÁGRAFO   UNO:     Un     valor     adicional     para      quienes     representan
Departamentalmente sus Ligas de: $30.000 (treinta mil pesos).

PARÁGRAFO DOS: Un valor adicional para deportistas Selección Colombia de: $55.000 (cincuenta y cinco mil pesos).

Los anteriores valores deberán ser cancelados antes del 28 de febrero de 2017  y serán de estricta obligatoriedad  para poder participar en cualquier evento de carácter Departamental, Nacional o Internacional.

PARAGRAFO TRES : En el caso de los eventos en los cuales sean con participación de clubes , la liga deberá avalar su participación. 

PARAGRAFO CUATRO : Para Eventos Internacionales será la Federación Colombiana de Balonmano la encargada de avalar la participación de cualquier delegación , expidiendo Resolución en la que se encuentren todos los integrantes de la misma. 

ARTICULO SEPTIMO: A partir de los Torneos de 2017 en adelante, sin la categoría mini (esta categoría tendrá un trato diferente como hasta ahora), se recaudará un valor de inscripción ordinaria (45 Días Calendario Antes del inicio de competición) por deportista de $20.000 (veinte mil pesos) teniendo como mínimo por equipo 14 deportistas y como máximo 16 por equipo, para la inscripción extraordinaria (30 Dias Calendario Antes del inicio de Competición) será un valor de $25.000 (veinticinco mil pesos).

ARTICULO OCTAVO: Todo deportista que participe en eventos internacionales con recursos propios, Institucionales o Federativos deberá cumplir con los parámetros establecidos por la Comisión Técnica de la Federación Colombiana de Balonmano.

ARTICULO NOVENO: Evento que no se encuentre registrado en el presente calendario, no será evento Nacional avalado.

ARTÍCULO DECIMO: Contra la presente resolución proceden los recursos que establece la ley dentro de los términos que fija la misma.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE


Dada en Bogotá a los veinte ocho (28) días del mes de diciembre del año 2016.